PROGRAMA DE BECAS CPIC PARA ESTUDIANTES
OBJETO
1. El Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de la Provincia de Santa Fe Ley 11.008, Distrito I, lleva a cabo un Programa de Becas para Estudiantes.
2. El Programa está dirigido a alumnos regulares de los últimos dos años de las carreras cuyos títulos se deben matricular en este CPIC, a saber: Ingeniería Civil, Ingeniería en Construcciones, Ingeniería en Vías de Comunicación, Ingeniería en Recursos Hídricos, Ingeniería Hidráulica, Ingeniería Ambiental, entre otros, que cursen las mismas en facultades de la jurisdicción del Distrito I.
3. En una primera etapa, se otorgarán cuatro (4) becas, a saber: alumnos de la Facultad Regional Santa Fe de la Universidad Tecnológica Nacional; una (1) beca; alumnos de la Facultad Regional Rafaela de la Universidad Tecnológica Nacional; una (1) beca; alumnos de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Hídricas de la Universidad Nacional del Litoral; una (1) beca para alumnos de Ingeniería en Recursos Hídricos y una (1) beca para alumnos de Ingeniería Ambiental.
TAREAS DE LOS BECARIOS
4. Los becarios podrán realizar tareas : A) en grupos de investigación, siempre que éstas no resulten contrarias al marco regulatorio legal vigente de la Ingeniería; B) en cátedras de la carrera que cursan como auxiliares docentes. En ambos casos, no podrán intervenir en actividades relacionadas directa o indirectamente con servicios a terceros y sus tareas se circunscribirán al marco de la capacitación, investigación y perfeccionamiento y además dichas tareas no podrán ser rentadas, C) correspondientes a la elaboración del Proyecto Final de carrera.
5. El CPIC podrá disponer la realización de jornadas o seminarios de actualización profesional o divulgación, en los cuales los becarios deberán exponer aspectos de su trabajo que resulten de interés para los matriculados.
6. Durante la beca, el becario se obliga a presentar un informe cada dos (2) meses donde conste la tarea realizada, comunicaciones científicas, publicaciones, las destrezas y conocimientos adquiridos, así como sus inquietudes personales surgidas a partir de la beca. La falta del informe produce la cancelación automática de la beca asignada, lo que no requiere comunicación alguna de parte del CPIC a ninguna persona externa a éste involucrada en el proceso de la beca.
REQUISITOS DE OTORGAMIENTO
7. Para acceder a una beca, los interesados comprendidos en los puntos 2. y 3. deberán presentar una nota de solicitud dirigida al Presidente del CPIC-DI, acompañando certificado de materias aprobadas, fotocopia del DNI, nota de aceptación del Director del grupo de investigación en el cual realizará tareas o del Titular de la cátedra respectiva según el caso 4.A) o 4.B), más la autorización de los padres en caso de ser menor de 18 años.
8. Una comisión designada por el Directorio de Distrito evaluará las solicitudes y propondrá el orden de mérito para la asignación de las becas, en base al rendimiento académico del postulante y a la categorización de la cátedra o grupo propuesto, en función del punto 4. El dictamen de la misma será de carácter inapelable. Aquel postulante que en alguna oportunidad hubiera sido beneficiario con esta beca quedará en el último lugar del orden de mérito de esta nueva evaluación.
DURACIÓN Y MONTO DE LA BECA
9. Las becas se otorgan por períodos anuales. Finalizado el período o cancelado por la razones expuestas en 6., las becas finalizan, sin que se suponga o implique renovación automática, continuidad, indemnización, ni ninguna situación oponible a la prevista en estas condiciones. El programa de becas no genera a favor del becario ningún derecho de índole laboral, previsional y/o asistencial con relación al CPIC, dado que se entabla entre Colegio y becario una relación de índole estrictamente civil, renunciando expresamente el becario a efectuar cualquier tipo de reclamación en este sentido en contra del CPIC-DI.
10. Los pagos de las becas se realizan del 5 al 10 de cada mes, desde abril hasta diciembre de cada año, en la sede del CPIC Santa Fe o APIC Rafaela mediante valores.
11. El monto mensual a percibir por cada becario se establece en un mil doscientos pesos ($ 1.200,00).
12. En caso de incumplimiento parcial o total por parte del becario de las actividades propias de la beca y sus fines, dentro de lo estipulado en el punto 4., el Colegio podrá disponer el inmediato cese de la beca, sin derecho a reclamo alguno por parte del becario en los términos previstos en los puntos 6. y 9.
CRONOGRAMA AÑO 2016.
INSCRIPCIÓN: desde el 18 de abril al 02 de mayo de 2016, inclusive.
EVALUACIÓN: 6 de mayo de 2016.
COMPRENDE: desde mayo a diciembre 2016.
INFORMES E INSCRIPCIÓN: En la sede del Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil, Distrito I. San Martín 1748, Santa Fe, de 9 a 14 hs. En Rafaela las solicitudes podrán presentarse en la sede de la Asociación de Profesionales de la Ingeniería Civil de la ciudad de Rafaela, sito en Bv. Irigoyen Nº 345 de la ciudad de Rafaela.