Según Ley Provincial 11008.pdf, art. 12 inc. b se enumeran los títulos que tienen la obligación de matricularse para el ejercicio profesional:
- Ingeniero Civil
- Ingeniero en Caminos, Canales y Puertos
- Ingeniero en Construcciones
- Ingeniero en Construcciones de Obras
- Ingeniero Vías de Comunicación
- Ingeniero Hidráulico
- Ingeniero Ambiental (incorporado por Asamblea Provincial CPIC de fecha 14/06/2002)
- Todo título con naturaleza afín a la Ingeniería Civil, incluidas las especialidades de posgrado:
- Ingeniero en Recursos Hídricos
- Ingeniero en Transporte
- Licenciado en Hidrología